Art.124 CP – Artículo 124 del Código Penal Español
Artículo 124.
Las costas comprenderán los derechos e indemnizaciones ocasionados en las actuaciones judiciales e incluirán siempre los honorarios de la acusación particular en los delitos sólo perseguibles a instancia de parte.
Otros artículos;
Capítulo III: De las costas procesales
Capítulo IV: Del cumplimiento de la responsabilidad civil y demás responsabilidades pecuniarias
Título VI: De las consecuencias accesorias