Art.178 CP – Artículo 178 del Código Penal Español
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Capítulo II: De los abusos sexuales
Capítulo II bis: De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años
Artículo 183 bis