Art.190 LECrim – Artículo 190 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
Cuando hubiesen sido remitidos de oficio, el Juez o Tribunal que los reciba acusará inmediatamente recibo al remitente.
TÍTULO IX. De los términos judiciales
Cuando hubiesen sido remitidos de oficio, el Juez o Tribunal que los reciba acusará inmediatamente recibo al remitente.
TÍTULO IX. De los términos judiciales