Art.209 LECrim – Artículo 209 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
Las diligencias de que habla el art. anterior se practicarán en un término que no exceda de un día por cada 20 kilómetros de distancia entre la capital y el punto en que deban tener lugar.
TÍTULO X. De los recursos contra las resoluciones procesales
CAPÍTULO I. De los recursos contra las resoluciones de los Jueces y Tribunales