Art.211 CP – Artículo 211 del Código Penal Español
La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante.
Título XII: Delitos contra las relaciones familiares
Capítulo I: De los matrimonios ilegales
Capítulo II: De la suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor