Artículo 224 del Código Penal

Art.224 CP – Artículo 224 del Código Penal Español

El que indujere a un menor de edad o a una persona con discapacidad necesitada de especial protección a que abandone el domicilio familiar, o lugar donde resida con anuencia de sus padres, tutores o guardadores, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

En la misma pena incurrirá el progenitor que induzca a su hijo menor a infringir el régimen de custodia establecido por la autoridad judicial o administrativa.

Artículo 225

Sección II: De la sustracción de menores

Artículo 225 bis

Sección III: Del abandono de familia, menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección

Artículo 226

Artículo 227

Artículo 228

Artículo 229

Artículo 230

Artículo 231

Artículo 232

Artículo 233

Título XIII: Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico

Capítulo I: De los hurtos

Articulo 234

Artículo 235