Artículo 236 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.236 LECrim – Artículo 236 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española

Contra los autos de los Tribunales de lo criminal podrá interponerse el recurso de súplica ante el mismo que los hubiese dictado y de apelación únicamente en aquellos casos expresamente previstos en la Ley.

Artículo 237

Artículo 238

CAPÍTULO II. Del recurso de revisión contra las resoluciones de los Letrados de la Administración de Justicia

Artículo 238 bis

Artículo 238 ter

TÍTULO XI. De las costas procesales

Artículo 239

Artículo 240

Artículo 241

Artículo 242

Artículo 243

Artículo 244

Artículo 245

Artículo 246

TÍTULO XII. De las obligaciones de los Jueces y Tribunales relativas a la estadística judicial

Artículo 247