Art.255 LECrim – Artículo 255 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
Llevará también cada Juez de instrucción otro libro titulado «Registro de procesados en rebeldía» con las formalidades prescritas para el de penados.
En este libro se anotarán todas las causas cuyos procesados hayan sido declarados rebeldes, y se hará en el asiento de cada uno la anotación correspondiente cuando el rebelde fuere habido.
TÍTULO XIII. De las correcciones disciplinarias
LIBRO II. DEL SUMARIO
TÍTULO PRIMERO. De la denuncia