Art.279 LECrim – Artículo 279 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
En los delitos de calumnia o injuria causadas en juicio se presentará además la licencia del Juez o Tribunal que hubiese conocido de aquél, con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal.
TÍTULO III. De la Policía Judicial