Artículo 313 del Código Penal

Art.313 CP – Artículo 313 del Código Penal Español

El que determinare o favoreciere la emigración de alguna persona a otro país simulando contrato o colocación, o usando de otro engaño semejante, será castigado con la pena prevista en el artículo anterior.

Artículo 314

Artículo 315

Artículo 316

Artículo 317

Artículo 318

Título XV bis: Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

Artículo 318 bis

Título XVI: De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente

Capítulo I: De los delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo

Artículo 319

Artículo 320

Capítulo II: De los delitos sobre el patrimonio histórico

Artículo 321

Artículo 322

Artículo 323

Artículo 324