Artículo 316 del Código Penal

Art.316 CP – Artículo 316 del Código Penal Español

Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

Artículo 317

Artículo 318

Título XV bis: Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

Artículo 318 bis

Título XVI: De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente

Capítulo I: De los delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo

Artículo 319

Artículo 320

Capítulo II: De los delitos sobre el patrimonio histórico

Artículo 321

Artículo 322

Artículo 323

Artículo 324

Capítulo III: De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente

Artículo 325

Artículo 326

Artículo 326 bis

Artículo 327