Artículo 317 del Código Penal

Art.317 CP – Artículo 317 del Código Penal Español

Cuando el delito a que se refiere el artículo anterior se cometa por imprudencia grave, será castigado con la pena inferior en grado.

Artículo 318

Título XV bis: Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

Artículo 318 bis

Título XVI: De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente

Capítulo I: De los delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo

Artículo 319

Artículo 320

Capítulo II: De los delitos sobre el patrimonio histórico

Artículo 321

Artículo 322

Artículo 323

Artículo 324

Capítulo III: De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente

Artículo 325

Artículo 326

Artículo 326 bis

Artículo 327

Artículo 328