Artículo 336 del Código Penal

Art.336 CP – Artículo 336 del Código Penal Español

El que, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva para la fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en cualquier caso, la de inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar por tiempo de uno a tres años. Si el daño causado fuera de notoria importancia, se impondrá la pena de prisión antes mencionada en su mitad superior.

Artículo 337

Artículo 337 bis

Capítulo V: Disposiciones comunes

Artículo 338

Artículo 339

Artículo 340

Título XVII: De los delitos contra la seguridad colectiva

Capítulo I: De los delitos de riesgo catastrófico

Sección I: De los delitos relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes

Artículo 341

Artículo 342

Artículo 343

Artículo 344

Artículo 345

Sección II: De los estragos

Artículo 346

Artículo 347