Art.402 bis CP – Artículo 402 bis del Código Penal Español
El que sin estar autorizado usare pública e indebidamente uniforme, traje o insignia que le atribuyan carácter oficial será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
Título XIX: Delitos contra la Administración pública
Capítulo I: De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
Capítulo II: Del abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos
Capítulo III: De la desobediencia y denegación de auxilio
Capítulo IV: De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos