Art.409 LECrim – Artículo 409 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
Para recibir declaración al procesado menor de edad no habrá necesidad de nombrarle curador.
CAPÍTULO V. DE LAS DECLARACIONES DE LOS TESTIGOS
Para recibir declaración al procesado menor de edad no habrá necesidad de nombrarle curador.
CAPÍTULO V. DE LAS DECLARACIONES DE LOS TESTIGOS