Artículo 446 del Código Penal

Art.446 CP – Artículo 446 del Código Penal Español

El juez o magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado:

1.º Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito grave o menos grave y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años.

2.º Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por delito leve.

3.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas.

Artículo 447

Artículo 448

Artículo 449

Capítulo II: De la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución

Artículo 450

Capítulo III: Del encubrimiento

Artículo 451

Artículo 452

Artículo 453

Artículo 454

Capítulo IV: De la realización arbitraria del propio derecho

Artículo 455

Capítulo V: De la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos

Artículo 456

Artículo 457