Art.447 CP – Artículo 447 del Código Penal Español
El Juez o Magistrado que por imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años.
Capítulo II: De la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución
Capítulo III: Del encubrimiento
Capítulo IV: De la realización arbitraria del propio derecho
Capítulo V: De la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos
Capítulo VI: Del falso testimonio