Artículo 50 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.50 LECrim – Artículo 50 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española

(Derogados)

Artículo 51

TÍTULO III. De las recusaciones y excusas de los Magistrados, Jueces, Asesores y Auxiliares de los Juzgados y Tribunales y de la abstención del Ministerio Fiscal

CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 52

Artículo 53

Artículo 54

Artículo 55

Artículo 56

CAPÍTULO II. DE LA SUSTANCIACIÓN DE LAS RECUSACIONES DE LOS JUECES DE INSTRUCCIÓN Y DE LOS MAGISTRADOS

Artículo 57

Artículo 58

Artículo 59

Artículo 60

Artículo 61