Art.518 LECrim – Artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o excarcelación serán apelables sólo en el efecto devolutivo.
CAPÍTULO IV. DEL EJERCICIO DEL DERECHO DE DEFENSA, DE LA ASISTENCIA DE ABOGADO Y DEL TRATAMIENTO DE LOS DETENIDOS Y PRESOS
TÍTULO VII. De la libertad provisional del procesado