Artículo 533 del Código Penal

Art.533 CP – Artículo 533 del Código Penal Español

El funcionario penitenciario o de centros de protección o corrección de menores que impusiere a los reclusos o internos sanciones o privaciones indebidas, o usare con ellos de un rigor innecesario, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años.

Artículo 534

Artículo 535

Artículo 536

Sección III: De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra otros derechos individuales

Artículo 537

Artículo 538

Artículo 539

Artículo 540

Artículo 541

Artículo 542

Capítulo VI: De los ultrajes a España

Artículo 543

Título XXII: Delitos contra el orden público

Capítulo I: Sedición

Artículo 544