Art.549 CP – Artículo 549 del Código Penal Español
Lo dispuesto en los artículos 479 a 484 es también aplicable al delito de sedición.
Capítulo III: De los desórdenes públicos
Lo dispuesto en los artículos 479 a 484 es también aplicable al delito de sedición.
Capítulo III: De los desórdenes públicos