Art.581 LECrim – Artículo 581 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
El empleado que haga la detención remitirá inmediatamente la correspondencia detenida al Juez instructor de la causa.
CAPÍTULO IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, la captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos, la utilización de dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación de la imagen, el registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y los registros remotos sobre equipos informáticos