Art.588 CP – Artículo 588 del Código Penal Español
Incurrirán en la pena de prisión de quince a veinte años los miembros del Gobierno que, sin cumplir con lo dispuesto en la Constitución, declararan la guerra o firmaran la paz.
Capítulo III: Del descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativas a la Defensa Nacional