Artículo 588 ter h de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.588 ter h LECrim – Artículo 588 ter h de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española

Para la fundamentación de la solicitud de la prórroga, la Policía Judicial aportará, en su caso, la transcripción de aquellos pasajes de las conversaciones de las que se deduzcan informaciones relevantes para decidir sobre el mantenimiento de la medida.

Antes de dictar la resolución, el juez podrá solicitar aclaraciones o mayor información, incluido el contenido íntegro de las conversaciones intervenidas.

Artículo 588 ter i

SECCIÓN 2. Incorporación al proceso de datos electrónicos de tráfico o asociados

Artículo 588 ter j

SECCIÓN 3. Acceso a los datos necesarios para la identificación de usuarios, terminales y dispositivos de conectividad

Artículo 588 ter k

Artículo 588 ter l

Artículo 588 ter m

CAPÍTULO VI. Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos

Artículo 588 quater a

Artículo 588 quater b

Artículo 588 quater c

Artículo 588 quater d

Artículo 588 quater e

CAPÍTULO VII. Utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen, de seguimiento y de localización

Artículo 588 quinquies a

Artículo 588 quinquies b

Artículo 588 quinquies c

CAPÍTULO VIII. Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información

Artículo 588 sexies a