Art.612 LECrim – Artículo 612 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
También se dictará auto mandando reducir la fianza y el embargo a menor cantidad que la prefijada si resultasen motivos bastantes para creer que la cantidad mandada afianzar es superior a las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pudieran imponerse al procesado.
TÍTULO X. De la responsabilidad civil de terceras personas
TÍTULO X BIS. De las especialidades en los delitos contra la Hacienda Pública
TÍTULO XI. De la conclusión del sumario y del sobreseimiento
CAPÍTULO PRIMERO. DE LA CONCLUSIÓN DEL SUMARIO