Artículo 715 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.715 LECrim – Artículo 715 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española

Siempre que los testigos que hayan declarado en el sumario comparezcan a declarar también sobre los mismos hechos en el juicio oral, sólo habrá lugar a mandar proceder contra ellos como presuntos autores del delito de falso testimonio cuando éste sea dado en dicho juicio.

Fuera del caso previsto en el párrafo anterior, en los demás podrá exigirse a los testigos la responsabilidad en que incurran, con arreglo a las disposiciones del Código Penal.

Artículo 716

Artículo 717

Artículo 718

Artículo 719

Artículo 720

Artículo 721

Artículo 722

SECCIÓN TERCERA. Del informe pericial

Artículo 723

Artículo 724

Artículo 725

SECCIÓN CUARTA. De la prueba documental y de la inspección ocular

Artículo 726