Art.755 LECrim – Artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
La autorización se pedirá en forma de suplicatorio, remitiendo con éste, y con el carácter de reservado, el testimonio de los cargos que resulten contra el Senador o Diputado, con inclusión de los dictámenes del Fiscal y de las peticiones particulares en que se haya solicitado la autorización.
TÍTULO II. Del procedimiento abreviado
CAPÍTULO I. Disposiciones generales