Art.763 LECrim – Artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
El Juez o Tribunal podrá acordar la detención o cualesquiera medidas privativas de libertad o restrictivas de derechos en los casos en que procedan conforme a las reglas generales de esta Ley. Las actuaciones que motiven la aplicación de estas medidas se contendrán en pieza separada
CAPÍTULO II. De las actuaciones de la Policía Judicial y del Ministerio Fiscal
CAPÍTULO III. De las diligencias previas