Art.823 LECrim – Artículo 823 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
Unidos a la causa el impreso, grabado u otro medio mecánico de publicación que haya servido para la comisión del delito, y averiguado el autor o la persona subsidiariamente responsable, se dará por terminado el sumario.
TÍTULO VI. Del procedimiento para la extradición