Art.839 LECrim – Artículo 839 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española
Transcurrido el plazo de la requisitoria sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declarará rebelde.
LIBRO V. DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN, CASACIÓN Y REVISIÓN
TÍTULO PRIMERO. Del recurso de apelación contra las sentencias y determinados autos