Artículo 318 bis del Código Penal
Art.318 bis CP – Artículo 318 bis del Código Penal Español 1. El que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea a entrar en territorio español o a transitar a través del mismo de un modo que vulnere la legislación sobre entrada o tránsito de