Artículo 33 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Art.33 LECrim – Artículo 33 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española La inhibición ante los Tribunales de lo criminal se propondrá en escrito con firma de Letrado. En el escrito expresará el que la proponga que no ha empleado la declinatoria. Si resultase lo contrario, será condenado en costas, aunque se decida en su