Archivo de la etiqueta: art.383

Artículo 383 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.383 LECrim – Artículo 383 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Si la demencia sobreviniera después de cometido el delito, concluso que sea el sumario se mandará archivar la causa por el Tribunal competente hasta que el procesado recobre la salud, disponiéndose además respecto de éste lo que el Código Penal prescribe para los

Leer más

Artículo 383 del Código Penal

Art.383 CP – Artículo 383 del Código Penal Español El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será

Leer más