Archivo de la etiqueta: art.415

Artículo 415 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.415 LECrim – Artículo 415 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Serán invitadas a prestar su declaración por escrito las personas mencionadas en el párrafo segundo del artículo 411 y en el apartado 7 del artículo 412, remitiéndose al efecto al Ministerio de Justicia, con atenta comunicación para el de Asuntos Exteriores, un interrogatorio

Leer más