Artículo 846 bis c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Art.846 bis c LECrim – Artículo 846 bis c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española El recurso de apelación deberá fundamentarse en alguno de los motivos siguientes: a) Que en el procedimiento o en la sentencia se ha incurrido en quebrantamiento de las normas y garantías procesales, que causare indefensión, si se hubiere efectuado