Archivo de la etiqueta: artículo 626

Artículo 626 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Art.626 LECrim – Artículo 626 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española Recibidos en el Tribunal los autos y piezas de convicción, el Secretario judicial designará al Magistrado ponente que por turno corresponda. Fuera de los casos previstos en los dos artículos anteriores, y durante el tiempo que falte para cumplir el término del emplazamiento,

Leer más