Art.282 CP – Artículo 282 del Código Penal Español
Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses los fabricantes o comerciantes que, en sus ofertas o publicidad de productos o servicios, hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores, sin perjuicio de la pena que corresponda aplicar por la comisión de otros delitos.
Capítulo II bis: De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años
Artículo 183 bis
Capítulo III: Del acoso sexual
Capítulo IV: De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual
Capítulo V: De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores
Capítulo VI: Disposiciones comunes a los capítulos anteriores