Art.279 CP – Artículo 279 del Código Penal Español
La difusión, revelación o cesión de un secreto de empresa llevada a cabo por quien tuviere legal o contractualmente obligación de guardar reserva, se castigará con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
Si el secreto se utilizara en provecho propio, las penas se impondrán en su mitad inferior.
Sección IV: Delitos de corrupción en los negocios
Sección V: Disposiciones comunes a las secciones anteriores
Capítulo XIII: De los delitos societarios